El ruido en los hogares: la lucha de los propietarios y las medidas legales

21 | 01 | 25
| Consejos para ti

Este 2025 continuaremos brindándote soluciones y conocimientos legales.

¿Inquilino, propietario, representando de una empresa titular de un producto inmobiliario, Presidente de la Junta de Propietarios u activista contra la contaminación acústica? Este texto es el que buscabas.

En él analizamos:

  • Cómo puede actuar la Junta de la Comunidad de Propietarios o el propietario individual contra el ruido excesivo.
  • De qué manera puede un propietario minimizar las molestias derivadas de actividades ruidosas que se vea empujado a hacer.
  • Constitución, Ley catalana, el papel municipal y la Directiva de la Unión Europea.

Atrévete a descubrir un contenido minucioso.


Primera parte: Cómo actuar en la Comunidad de Propietarios o como propietario individual ante la contaminación acústica?


La contaminación acústica1 es un problema de salud pública. 


1: A partir de sesenta y cinco decibelios el sonido es nocivo.


1.1 ¿El Código Civil Catalán, que rige sobre las Comunidades de Propietarios, dice algo explícito sobre el ruido excesivo?

 

No. Ahora bien, en el artículo 553.40.1 enuncia: "Los propietarios y los ocupantes no pueden hacer en sus elementos privativos, ni en el resto del inmueble, actividades contrarias a la convivencia normal de la Comunidad o que malogren o hagan peligrar el inmueble". Del redactado se puede inferir que el ruido excesivo se engloba dentro del grupo "de actividades contrarias a la convivencia". 


1.2 Puede la Comunidad de Propietarios prohibir el futuro establecimiento de un local comercial con una actividad manifiestamente ruidosa?


Depende de cuál de los dos supuestos nos ocupe:

     1. Es imposible sin ningún documento con valor legal aprobado previamente por la Junta de Propietarios. Entonces, vetar el local comercial es una actuación nula de pleno Derecho. El camino que tienes que tomar es impugnar la decisión. A este respeto, es indiferente cuál es la futura actividad del local. 


     2. La Comunidad de Propietarios si puede prohibir actividades comerciales cuando antes de la implantación del negocio, hay en vigor los Estatutos de la Comunidad y esta actividad comercial futura los viola.

El momento adecuado para plantearse qué actividades queremos vetar en la comunidad de propietarios es cuando la Junta da luz verde en los Estatutos. La nuestra compañera Alba Valls, recuerda que, para garantizar los derechos de los propietarios, el ideal es añadir a los Estatutos de la Comunidad un Reglamento Interno


1.3 ¿Qué puedes hacer individualmente cuando los vecinos hagan ruido excesivo?

 

El año 2019 Finques Feliu respondió cómo canalizar este tipo de conflictos.


1.4 Debo hacer una mudanza, me gustaría celebrar una fiesta de inauguración del piso o contar con un espacio para ensayar música a casa es mi sueño. Tengo la firme voluntad de hacer las cosas bien, ¿puede Finques Feliu orientarme?

 

Querido lector "la firme voluntad de hacer las cosas bien" lo facilita todo.

 

1.4.1 Cuando tenemos que marchar del piso o queremos inaugurarlo tenemos que seguir cuatro premisas:

 

  • Ser transparente con la Junta de Propietarios. 
  • Comunicar con empatía, escuchar y valorar las objeciones.
  • Advertir a las personas que hacen la mudanza o a los compañeros de fiesta que minimicen el ruido.
  • Conocer la normativa municipal sobre contaminación acústica.

 

1.4.2 Cuando se trata de hacer la mudanza:

 

  •   Planifícala paso a paso.
  •  Ten en cuenta las franjas horarias en las cuales no puedes molestar.
  •   Pon un cartel muy visible en el ascensor y al tablón de anuncios de la comunidad que especifique cuando harás el traslado.

 

1.4.3 Para la fiesta el requisito a superar es bastante más exigente:

 

Necesitas permiso explícito de la Junta de la comunidad de propietarios. Presta especial atención a sí a la finca hay personas enfermas que necesitan descanso.

 

1.4.4 Cuando proyectas la sala de ensayo: 

 

Esta se puede hacer porque el interior de casa porque tu vivienda es un espacio privativo, pero no te relajes. Fincas Feliu recomienda dos pasos sucesivos:

 

2. Segunda Parte: el Derecho Público ante la contaminación acústica  

 

2.1 ¿Qué marco jurídico ha diseñado la Administración para proteger el ciudadano contra la contaminación acústica? 
 

a) La Constitución española y el principio rector de la salud 

La Carta Magna salvaguarda dos derechos que, protegen contra el sonido excesivo:

  • El derecho a la intimidad
  • El derecho a la salud pública.

Cuando relacionamos ruido con vulneración de derechos, se dibuja la amenaza a nuestra intimidad en el domicilio.

Sorpresa! De la lectura literal del artículo 18 dedicado a este derecho, se deduciría que no permite luchar contra la contaminación acústica. La razón es que protege la intimidad, pero, lo hace solo desde el ángulo de la violación del domicilio por parte de personas físicas, no cuando la intimidad se ve alterada por las ondas del sonido. Ahora bien, el Poder Judicial se ha encargado de establecer abundante jurisprudencia que, en virtud de este derecho, protege contra la contaminación acústica. 

El artículo 43, sobre la protección del Derecho a la salud establece: la "competencia de los poderes públicos para tutelar la salud pública a través de medidas preventivas (...)". Este redactado más conminativo, como veremos a continuación. ha impulsado el Poder Legislativo autonómico y municipal a actuar.


b) La Generalitat de Cataluña: Ley 16/2002 de Protección Contra la Contaminación Acústica

 

La Generalitat en la "Ley 16/2002 contra la contaminación acústica" se reserva:

  • Dotar de presupuesto suficiente la ley.
  • Obligar a los ayuntamientos a aprobar ordenanzas reguladoras: esta previsión legal concierne las localidades de más de 5.000 habitantes.
  • Impedir la venta de aparatos o enseres no homologados
  • Controlar la contaminación acústica en infraestructuras dependientes del Departamento de Medio Ambiente. 

En los artículos 14 y 21 de la ley, la Generalitat delega a los Consejos Comarcales y los Ayuntamientos la ejecución de la lucha contra la contaminación acústica.   

  • El 14 apartado 1 reza: "la regulación de las actividades y las relaciones de vecindad corresponden en los ayuntamientos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 21 de esta Ley".
  • El 21 dispone: "Corresponde en los ayuntamientos, o bien a los consejos comarcales (...) elaborar y aprobar ordenanzas reguladoras de la contaminación por ruidos y vibraciones."
     


c) Los Ayuntamientos: pieza imprescindible contra la contaminación acústica   

 

Las principales acciones sobre el terreno corresponden a los Ayuntamientos2 son las siguientes:

  • Aprobar las ordenanzas que establecerán límites concretos al ruido y los relacionarán con franjas horarias.
  • Inspeccionar los pisos o locales comerciales que corresponda.
  • Sancionar, de acuerdo con el que marca la Ley 16/2002, potenciales infracciones.
  • Elaborar, cada cinco años, mapas de ruido de su localidad.     

2: En los municipios extremadamente pequeños los competentes son los Consejos Comarcales.


d) La Unión Europea directiva 2002/49: elaboración de mapas de ruido y sensibilización ciudadana 

 

Los objetivos marco de la Unión Europea coronan la pirámide normativa. En 2002, con esta directiva ordenó tres medidas:

a) "La determinación de la exposición al ruido ambiental, mediante la elaboración de mapas de ruido según métodos de evaluación comunes a los Estados miembros;

b) Poner a disposición de la población la información sobre el ruido ambiental y sus efectos.

c) La adopción de planes de acción por los Estados miembros para prevenir y reducir el ruido ambiental siempre que sea necesario (...), y a mantener la calidad del entorno acústico cuando esta sea satisfactoria"3.


 3: En 2021 para corregir un anexo muy técnico entró en vigor la directiva 2020/367.


En conclusión, lo trascendental es conocer la normativa sobre este tema en la localidad donde se vive

Esperemos haber cumplido la vocación de dotar a nuestra comunidad lectora de herramientas útiles para garantizar un buen descanso en silencio.